´este Tribunal Trigésimo Sexto (36) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana De Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION en los términos expuestos entre la ciudadana MARIA DEL CARMEN FERNANDEZ AZCARATE, titular de la cedula de identidad N° V- 5.2018.111 y la entidad de trabajo codemandada: KYNDRYL VENEZUELA S C.A, por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, dándole efecto de cosa juzgada; SEGUNDO: Se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN solicitada por la ciudadana MARIA DEL CARMEN FERNANDEZ AZCARATE, titular de la cedula de identidad N° V- 5.2018.111, contra la entidad de trabajo codemandada: IBM DE VENEZUELA S C.A, dándole efecto de cosa juzgada; TERCERO: Cumplido como haya sido lo establecido en la CLAUSULA TERCERA y conste a los autos del expediente el soporte .....