´Con fuerza en los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE en razón de la cuantía para seguir conociendo del presente proceso incoado por la Sociedad Mercantil AU BON PAIN, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 01 de abril de 1996, anotada bajo el N° 82, Tomo 26-A-Qto., representada por el Abogado JOSÉ MIGUEL AZOCAR ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.453; en consecuencia, se DECLINA la competencia en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que le corresponda por distribución conocer del presente asunto. Así s.....