este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PRIMERO: CON LUGAR, la presente acción de Indemnización de Daños y Perjuicios, lucro cesante y daños morales derivados de Accidente de Tránsito, intentada por la ciudadana MARIA AUXILIADORA TAPIAS DE ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.068.227, de este domicilio contra los ciudadanos JINGLIANG CEN y ZIFENG ZHOU, extranjeros, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. E-84.417.376 y E-84.417.689, respectivamente, de este domicilio. SEGUNDO: Como consecuencia del particular primero, se condena a la parte demandada perdidosa a pagar a la actora la cantidad de DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS (EUR 16.445.00) o el equivalente a OCHOCIENTOS VEINTIDÓS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 822.250,00), según la ta.....