DISPOSITIVO.
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DECLINA LA COMPETENCIA POR LA MATERIA, para ante los Tribunales Laborales del Área Metropolitana de Caracas, que resulte asignado previo el cumplimiento del trámite administrativo de distribución de expedientes.
SEGUNDO: Remítase la presente causa mediante oficio dirigido a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Tribunales Laborales del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civ.....