este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión que por ACCIÓN REIVINDICATORIA han intentado la Ciudadana GRIMANESA DEL CARMEN GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.412.438, de este domicilio contra la ciudadana BALBINA CUADROS RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.313.481, de este domicilio, en consecuencia se ordena la entrega del inmueble ubicado en Avenida Bolívar entre calles 6 y 7 signado con el numero: 12-26 de Sanare, Parroquia Pio Tamayo del Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Lara, con las siguientes descripciones: alinderada de la siguiente manera: NORTE: En linea de 10,94 metros, que es su frente con la Avenida 4 Simón Bolivar. SUR; Con tres líneas quebradas, la primera d.....