Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) incoara la sociedad financiera BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL., contra la sociedad mercantil LA EXCELENCIA, C.A., y el ciudadano MANUEL ALFREDO CÁRDENAS MATUTE, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se DECRETA Medida de EMBARGO PROVISIONAL sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de DIECISÉIS MILLONES TRESCIENTAS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTAS CUATRO CON SESENTA UNIDADES DE VALOR DE CREDITO (UVC 16.353.804,60), equivalente en bolívares a la cantidad de TRES MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISÉIS MIL CIENTO SESENTA Y UN BOLÍVARES CON SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 3.826.161,63), que comprende el doble de la suma demandada en pago, más las Costas Pro.....