Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana Franchesca Coromoto Pirela Rodríguez, contra el Juzgado Trigésimo Noveno (39º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de Caracas, por la presunta conculcación de los artículos 26, 27 y 49 de Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el expediente Nº AP21-L-2025-0001202. SEGUNDO: No hay condena en costas.