Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: : PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesta por el abogado HUGO DE LELLIS inscrito en el I.P.S.A., bajo el número 50.469, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora recurrente, contra el auto de fecha 15 de abril de 2026, emanada del Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE MODIFICA el auto apelado. TERCERO: No habiendo condenatoria en costas.