Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y COBRO DE OBLIGACION PACTADA EN MONEDA EXTRANJERA incoara la sociedad mercantil C.A. LICORES DE CALIDAD, contra la sociedad mercantil LOS DA SILVA, S.C., ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se DECRETA Medida de EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON SIETE CENTAVOS (USD. 784.852,07), equivalentes. a la fecha de presentación de la demanda según la tasa de cambio oficial del Banco Central de Venezuela, a la cantidad de CUARENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS UN MIL CUATRO BOLÍVARES CON CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 47.201.004,04), que comprende el doble de la suma deman.....