PRIMERO: CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO del juicio que, por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, incoara la ciudadana ISABEL CALVO MIRALLES, venezolana y titular de la cédula de identidad Nº V-17.865.781 contra la Sociedad J.A MADRIZ GUERRERO & CIA,.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes de que transcurran noventa (90) días.