PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoara el ciudadano LUIS ANGEL PINTO GIL, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V- 16.052.402 contra los herederos desconocidos de la de cujus CARMEN SANTIAGO PINTO, quien en vida fue, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V- 1.717.326, en virtud de que el documento fundamental de la presente demanda queda desechado.
SEGUNDO:Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión por haber sido dictada fuera del lapso procesal correspondiente.