Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada incoada por el ciudadano JOSÉ AGUSTIN GÓMEZ VALERO, antes identificado, en contra de la sentencia dictada en fecha 16 de septiembre de 2025 por el Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la solicitud de divorcio tramitada en el expediente distinguido con el alfanumérico AP31-F-S-2025-0002017, así como del auto de fecha 26 de septiembre de 2025, mediante el cual dicho Tribunal declaró improcedente la solicitud de regulación de la jurisdicción.
SEGUNDO: DE MERO DERECHO la resolución del presente ampar.....