Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO realizada por el ciudadano MARWUEN JOSE LOPEZ CORDERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº. V- 16.235.327, contra la ciudadana MORAYMA JOSEFINA COLMENAREZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº. V- 10.766.284. SEGUNDO: En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel, Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres del Estado Lara, en fecha 14 de noviembre de 2008, acta Nº 235, del año 2008, asentada en los Libros de Registro Civil de M.....