este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) incoara la sociedad mercantil SEGUROS CONSTITUCION, C.A., contra la sociedad mercantil CRUZ SALUD, C.A., ampliamente identificadas al inicio, DECLARA: Se DECRETA Medida de EMBARGO PROVISIONAL sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CINCO CENTAVOS (USD 1.197.000,00), equivalentes, según la tasa oficial del Banco Central de Venezuela a la fecha de presentación de la demanda, a la cantidad de DOSCIENTOS TRECE MILLONES QUINIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA BOLÍVARES (Bs. 213.519.530), que comprende el doble de la suma demandada en pago, más las Costas Procesales prudenci.....