DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Con Competencia Nacional en Extinción de Dominio, Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO:LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio de PARTICIÓN DE COMUNIDAD HEREDITARIA presentada por la Ciudadana MATILDE DEL CARMEN GUERRERO DE GUILLÉN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil viuda y titular de la cédula de identidad N°V-15.143.463, debidamente asistida por los abogados CARLOS JAVIER MATOS MEZA Y JAVIER JOSE GUILLEN TORO, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 276.607 y 323.998, en el mismo orden enunciados, contra los ciudadanos YANI VELA GUILLÉN CRUZ, KARINA YAMILETH GUILLÉN CRUZ, KATIUSKA YAMILYN GUILLÉN CRUZ, KARELYS YULIMAR GUILLÉN CRUZ YENNIFER KARINA GUILLÉN VALDERRAM.....