Con base en los razonamientos que anteceden, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos YESSICA MARIA BLANCO VILLAMIZAR y MARCO ANTONIO MARCANO BETANCOURT, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.912.123 y V-13.945.180, respectivamente contraído en fecha 30 de Noviembre de 2006, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Paraíso, del Municipio Libertador del Distrito Capital. Así se decide.-