DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Decimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio incoada por el ciudadano DAYAN DE JESUS ALIZO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-10.232.256, debidamente asistido en este acto por el abogado WALKER ARDILA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 64.122, quien contrajo matrimonio con la ciudadana MARIA NATIVIDAD MATOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.230.980.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que unía a los citados ciudadanos, contraído en fecha 10 de febrero de 1999, ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Tocuyito Municipio Los Guayos, estado Carabobo, lleva.....