PRIMERO: CON LUGAR la recusación interpuesta por el abogado en ejercicio ELEAZAR JOSE RIVERO CASTILLO Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-16.531.517, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 229.830., actuando en su propi nombre contra el Abogado DANIEL ESCALONA OTERO, en su condición de Juez Provisorio del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL.
SEGUNDO: Líbrense oficios al Juez recusado y al Juzgado que por distribución le haya correspondido conocer de la causa signada con la nomenclatura KP02-V-2026-000148, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines consiguientes.