Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley
DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de diferencias de prestaciones sociales y otros conceptos laborales interpuesta por la ciudadana LAURA ISABEL TOVAR RAMÍREZ contra TECNOLOGÍA DEL PRESENTE 18, C.A. y solidariamente contra MIGUEL ENRIQUE BENAVIDES PALMA y MERCEDES PALMA. En consecuencia,
ORDENA:
PRIMERO: Se admite como SALARIO BASE para el cálculo de todos los conceptos reclamados la cantidad de TRESCIENTOS SESENTA Y UN DÓLARES ESTADOUNIDENSES (USD 361,00) mensuales.
SEGUNDO: Se condena al pago de las DIFERENCIAS, de acuerdo a la conversión en bolívares a la fecha de efectivo pago de los siguientes conceptos, los cuales serán cuantificados mediante.....