Con base a las consideraciones anteriores, éste Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano BERNARDO JAVIER BRAVO GODOY contra la entidad de trabajo INVERSIONES POKE 212 C.A., condenándose a la demanda al pago que determine la Experticia Complementaria el fallo, según parámetros establecidos ut supra. SEGUNDO: Téngase por aclarada la sentencia publicada por este Tribunal en fecha 19 de diciembre de 2025, e igualmente téngase esta aclaratoria como parte integrante de la sentencia antes identificada. Así se establece.-