DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide.
PRIMERO: SIN LUGAR, la recusación interpuesta por la ciudadana NATHALY GIUSEPPINA LOMBARDI GAMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V6.964.933, debidamente asistida por las abogadas YALENA CECILIA MARTÍNEZ GONZÁLEZ Y CAROLINA FRANCO PIÑEROS, inscritas en el I.P.S.A bajo los Nros. 68.046 y 90.497 respectivamente, contra la Jueza MILANGELA MERCEDES JIMÉNEZ ESCALONA, quien está a cargo del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone la multa de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,00), a la recusante NATHALY GIUSE.....