Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la solicitud de expropiación interpuesta por el Municipio Sucre del estado Bolivariano de Miranda sobre bienes propiedad de la sociedad mercantil Inversiones Prieste, C.A.
Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.
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