Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 769 y 773 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento Civil, presentada por el ciudadano JEAN CARLOS RUJANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-32.185.628, representado por el abogado ANTONIO PERDOMO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 37.719, en consecuencia se rectifica el Acta de Nacimiento Civil de fecha 08 de septiembre de 2004, emitida por ante el R.....