Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo (2º) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el profesional del derecho JAIME HELI PIRELA LEÓN, inscrito en el IPSA bajo el nº 107.157, actuando en su condición de apoderado judicial de la entidad de trabajo LA MONTSERRATINA, C.A., beneficiaria del acto administrativo atacado en el asunto signado bajo la nomenclatura AP21-N-2021-000010, contra el auto de fecha veintisiete (27) de febrero de 2026, dictado del Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual se negó tramitar el recurso de apelación contra la decisión de fecha 26 de Febrero del 2026. SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha (27) de febrero de 2026, dictado del Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metro.....