En mérito de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR UNDÉCIMO CON COMPETENCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO CON SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 26, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la INHIBICIÓN planteada por el ciudadano ENRIQUE TOMAS GUERRA MONTEVERDE, en su condición de Juez del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Dando cumplimiento a lo ordenado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 1175 de fecha 23/11/2010, se ordena la notificación de la presente decisión al ciudadano ENRIQUE TOMAS GUERRA MONTEVERDE, en su condición de Juez del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de M.....