El Tribunal por considerar que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, LA ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena la INTIMACIÓN de la parte demandada, sociedad mercantil INVERSIONES CISA, C.A., domiciliada en Maiquetía, Municipio Vargas, estado La Guaira, constituida mediante documento inscrito ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, hoy estado La Guaira, en fecha 21 de junio de 2004, bajo el Nº 52, Tomo 10-A, siendo su última modificación la que consta en el asiento inscrito ante el citado Registro Mercantil, en fecha 18 de junio de 2018, bajo el Nº 15, Tomo 39-A RM 457, reestructurada las atribuciones de la Junta Directiva, tal como consta de asiento inscrito ante el citado Registro Mercantil, el 14 de noviembre de 2008, bajo el Nº 55, Tomo 31-A e inscrita ent.....