DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: PÉREZ YÉPEZ FREDDY ALBERTO y PÉREZ VIZCAYA BEDILMAR CONSUELO, por ante el Registro Civil de la Parroquia Bolívar del Municipio Morán, del estado Lara, en fecha 01 de diciembre de 2.011, anotado bajo el Nº 332, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios respectivo, llevado durante el año 2011. Durante la unión matrimonial procrearon dos (2) hijos mayores de edad, de nombres: DANIEL ALBERTO PÉREZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-27.317.884; como se evidencia en acta de nacimiento N°592, folio 96 del año 2.002 emitida por el Registro Civil del Municipio Moran del Estado Lara; y FELIX DANIEL PÉREZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-31.569.187, como se evidencia en acta de nacimiento N°1833, del año 2.009 emitida por el Registro Civil del Municipio Moran del Estado Lara; y NO tie.....