declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE INTERDICCIÓN interpuesta por la ciudadana JENNY YVONNE MORE ARTEAGA, en favor de su madre la ciudadana GRACIELA ARTEAGA DE RAMIREZ, ambos plenamente identificados en la primera parte de este fallo. SEGUNDO: LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA de la ciudadana GRACIELA ARTEAGA DE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad No.V-23.659.057. En consecuencia, se establece que la precitada ciudadana pierde el gobierno de su persona y queda sometida a la potestad de su tutora, afectada de incapacidad general, plena y uniforme, sujeta a régimen de representación. Asimismo, se acuerda que los efectos de la declarada interdicción definitiva corren desde el 12 de diciembre de 2024, fecha de la interdicción provisional, de conformidad con lo previsto en el artículo 403 Código Civil. TERCERO: SE RATIFICA LA DESIGNACIÓN COMO TUTORA DEFINITIVA de la entredicha GRACIELA ARTEAGA DE RAMIREZ, a su hija la ciudadana JENNY YVONNE MORE ARTE.....