este Juzgado Trigésimo Sexto (36º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano BENIGNO EDUARDO SAAVEDRA MORANTES, titular de la cédula de identidad N° V- 13.801.468 contra de la entidad de Trabajo MINIABASTO LUZ DE LLANO 27, C.A, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
SEGUNDO: Se condena a la demandada al pago de los conceptos condenados en la presente decisión bajo los parámetros que se especifican en la parte motiva de la presente decisión.
TERCERO: Se condena en costa a la parte demandada en virtud de quedar totalmente vencida.
CUARTO: Se deja constancia que a partir del día de hoy, EXCLUSIVE comenzará a transcurrir el lapso de cinco (05) días hábiles de despacho, a los fines de la interposición de .....