V
DECISIÓN
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, CON COMPETENCIA NACIONAL EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS la presente ACCIÓN DE AMPARO interpuesta por los Ciudadanos DAVID ENRIQUE YÉPEZ CALZADILLA y WILINSKIV ESPINOZA CAMPOS, en contra del Tribunal Disciplinario de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, todos ampliamente identificados al inicio del presente fallo.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.-