Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por NULIDAD DE ASAMBLEA incoara la ciudadana MARTA ISABEL CERBONI REYES, contra las sociedades mercantiles PROMOTORA DURANGO, C.A., INMOBILIARIA MOTORES LA PAZ, S.A., PROMOTORA EQUUS, C.A. y los ciudadanos DIEGO ALFREDO CERBONI MEZA, FELIX JAVIER VIVAS NOGUERA, ELISA CERBONI RODRIGUEZ, LUCIA CERBONI RODRIGUEZ y BLANCA CERBONI MACHADO, ampliamente identificados al inicio de esta decisión, DECLARA: Se ordena remitir mediante oficio, copia certificada de la demanda, del auto que la admite así como de la presente decisión al SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS (SAREN) para que gire las instrucciones pertinentes al Registro Público del del Municipio Chacao del Estado Miranda y al Registro Público del Sexto Circuito del Mun.....