PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencia Nro. 1070, de fecha 09 de diciembre de 2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por la ciudadana EVELIN GUERRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.811.050, debidamente asistida por la abogada EYLIN VIRGINIA LEIA LINARES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 247.043.
SEGUNDO: En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los cónyuges EVELIN GUERRA y HERNAN JOSE ALFONZO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-6.811.050 y V-5.974.059, respectivamente, por ante El Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quedando asentada en el Libro de de actas de matrimonio civiles, llevado por ante ese Despacho, bajo acta N° 43 correspondien.....