Esta Juzgadora emite pronunciamiento sobre la admisión de las pruebas y las oposiciones presentadas, en los siguientes términos:
DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE ACTORA
DE LA RATIFICACIÓN DE LAS DOCUMENTALES CONSIGNADAS EN EL LIBELO DE LA DEMANDA
Con relación a la ratificación de los documentos acompañados al libelo de la demanda, promovida en su escrito de promoción de pruebas, la representación judicial de la parte demandada realizó oposición, alegando entre otros argumentos, que la parte demandante no ha invocado ninguna prueba que la favorezca, que todas las pruebas que fueron promovidas para iniciar este procedimiento favorecen a su representado, que no está determinado el monto en dólares, que la obligación estaba sujeta a contraprestación y que la demandante no demostrado el cumplimiento de ésta.
Así las cosas, resulta pertinente traer a colación lo dispuesto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, que establece lo siguiente:
"...Artículo 509.- Los jue.....