DISPOSITIVO
En fuerza de la exposición de hechos y los razonamientos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado en que este Tribunal emplace a la parte demandada.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD de los actos procesales a partir de la fecha en que se emplazó a la parte demandada en fecha 25 de noviembre de 2025.
TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, el Tribunal no hace expresa condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judi.....