Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo (2º) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto en fecha diez (10) de abril de 2026 por los profesionales del derecho Ana Salazar y Williams Aranguren, en su condición de apoderados judiciales de la parte demandada, en el asunto signado bajo la nomenclatura AP21-L-20254-001392, contra el auto de fecha seis (06) de abril de 2026, dictado por el Juzgado Vigésimo Segundo (22º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual se oyó en un solo efecto el recurso de apelación ejercido por la referida representación judicial contra el auto de fecha veintiséis (26) de marzo de 2026. SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha seis (06) de abril de 2026 dictado por el Juzgado Vigésimo Segundo (22º) de Primera Instancia de Sustanc.....