este Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se NIEGA la solicitud de prórroga extraordinaria de quince (15) días hábiles solicitada por la representación judicial de la parte oferente, por carecer de fundamento legal en el proceso social del trabajo.
SEGUNDO: Se declara la INADMISIBILIDAD de la solicitud de OFERTA REAL DE PAGO intentada por la sociedad mercantil ZEA BBDO, C.A., a favor de los herederos de la ciudadana LUISANA FRANCESCHI BELLO, de conformidad con lo previsto en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por incumplimiento del mandato judicial de identificación de los beneficiarios.
TERCERO: Se ordena la DEVOLUCIÓN de los anexos consignados a la parte interesada, previa obtención de copia certificada y constancia de entrega en au.....