Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por NULIDAD DE ASAMBLEA incoara el ciudadano RAYMOND JESÚS ORTA MARTÍNEZ, contra la sociedad mercantil GRUPO INMOBILIARIO ORTA POLEO, C.A. y el ciudadano ROBERTO ORTA MARTÍNEZ, ampliamente identificados al inicio de esta decisión, DECLARA:
PRIMERO: Se RATIFICAN las medidas cautelares innominadas consistentes en la suspensión de todos los efectos del Acta de Junta Directiva Grupo Inmobiliario Orta Poleo, C.A., celebrada en fecha 23 de mayo de 2024, mientras dure el presente juicio; así como la prohibición y/o suspensión de efectos de cualquier convocatoria efectuada por la sociedad mercantil Grupo Inmobiliario Orta Poleo, C.A., para la celebración de cualquier Asamblea de Accionistas de tal sociedad mercantil, cuyo objeto se.....