Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 23 de diciembre de 2010, por el abogado WALTER PROAÑO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 08 de noviembre de 2010 por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana MARÍA DEL VALLE ROA en contra de la FUNDACIÓN INFOCENTRO, sociedad civil con personalidad jurídica y patrimonio propio, creada por Decreto Presidencial No. 5.263, publicado en la Ga.....