Declara: 1°) DESISTIDA LA DEMANDA DE NULIDAD incoada por la entidad de trabajo SUMINISTROS VENEZOLANOS INDUSTRIALES, C.A., (SUVINCA), contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 0264/2014 DICTADA POR LA INSPECTORIA DEL TRABAJO PEDRO ORTEGA DIAZ, adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo, ambas partes identificadas en los autos. En virtud que todos los motivos de hecho y derecho considerados para tomar esta decisión están contenidos en la presente acta y que la misma cumple con los requisitos establecidos en la ley, se considera a la misma –al acta- como la SENTENCIA escrita correspondiente haciéndose innecesaria una reproducción posterior. 2°) No se condena en costas al accionante. 3°) Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy exclusive. 4°) Declarado el desistimiento de la demanda la Juez dio por concluido el presente acto y procedió a retirarse. Se deja constancia qu.....