Se dictó resolución en la cual se declaró: 1° SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado FRANCISCO LEON, Inpreabogado N° 45.798, actuando en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana ANA D´ URBANO, C.I. N° V-7.927.354, contra la sentencia del 20/03/2015, por el Juzgado 3° de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial de Protección, por los motivos de hecho y de derecho que se expondrán en la parte motiva del presente fallo. 2°Se confirma la sentencia dictada el 20/03/2015, dictada por el Tribunal 3° de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, en el cuaderno de Medidas N° AH53-X-2012-000373, aperturado con motivo del la medida de Prohibición de Salida del País, en el juicio de Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal, tramitado en el asunto principal signado con la nomenclatura AP51-V-2011-010096, por los motivos de hecho y de derecho expuestos en la motiva del presente fallo.