Por las razones expresadas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, a fin de garantizar una efectiva administración de justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DEL ACTO RECURRIDO, contenido en la Resolución Nº SNAT-GGSJ-GR-DRAAT-2011-0233, de fecha treinta y uno (31) de marzo de 2011, emitida por la Gerencia de Recursos de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), y notificada en fecha seis (06) de abril de 2011, solicitada por los Ciudadanos (as) Karla D´vivo Yuste, Rosa O. Caballero P., y Carlos José Almarza Parra, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.528.926, 16.030.357 y 13.288.000, e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 44.381, 111.400 y 123.580, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la contribuyente "CONSERVAS ALIMENTICIAS LA GAVIOTA, S.A.".