Por todos los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL CUADRAGESIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS,, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoara el ciudadano JOSE GREGORIO JIMENEZ AROCHA, contra la Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES LIGUSBE, C.A., todos anteriormente identificados.
SEGUNDO: SE ORDENA cancelar al ciudadano JOSE GREGORIO JIMENEZ AROCHA la cantidad de ¬¬¬ CIENTO CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLÍVARES CON 54/100 (Bs. 105.658,54), según los conceptos determinados en la parte motiva del presente fallo.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada por resultar totalmente vencida en relación a la procedencia de los conceptos objeto de la present.....