"...Por todas las consideraciones anteriores, este Juez Unipersonal VI del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, CON LUGAR la presente acción de FIJACIÓN DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, interpuesta por la Abogada MARIA DEL MILAGRO DA CORTE LUNA, Fiscal Nonagésima Séptima del Ministerio Público de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, actuando en beneficio e interés de las niñas, "...cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente...", a solicitud del ciudadano JHON EUGENIO APURE RIVERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 7.959.004, contra la ciudadana YOLALBETH CA.....