CAPITULO III
DECISIÓN
Por las razones anteriormente señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de EJECUCION N° 3 Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad que confiere la Ley, ACUERDA SUSTITUIR la medida de Libertad Asistida, que por el lapso de 2 años que le fue impuesta al joven XXXXXXXXXXXXXXX, en la causa signada bajo el Nº 514-09, conforme a la sentencia dictada por el Tribunal 5° de Primera Instancia en Funciones de Control de esta Sección y Circuito, en fecha 03-11-2008, por las Reglas de Conducta como la más idónea, prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de 10 meses y 27 días, que es el tiempo que le restaría de cumplimiento de la medida sustituida, por la comisión del delito de Tentativa de Robo Agravado. Practíquese el respectivo cómputo por secretaría. CUMPLASE.-
Regístre.....