Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: se declara SIN LUGAR la impugnación ejercida por el abogado Paúl Gerardo Milanes Oliveros, Defensor Privado del Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA).
SEGUNDO: se CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Juicio de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, en contra de la sentencia dictada en fecha 04 de enero de 2016, por el Juzgado Segundo de Juicio de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana, mediante la cual sancionó al mencionado adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), a cumplir la medida de cinco (05) años de privación de libertad, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el artículo 406, numeral 1º del Có.....