DISPOSITIVA
Con sustento en los anteriores razonamientos, la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho MARLEN PARRA MACHADO, Defensora Pública Penal Septuagésima Primera (71 º) actuando en representación del ciudadano DILBRY ABRAHAN PEREIRA, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Noveno (29°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 6 de abril de 2013, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del prenombrado imputado, conforme a lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, en relación con el artículo 237 numerales 2, 3 y parágrafo primero, en concordancia con el artículo 238 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta com.....