DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO EN FASE DE EJECUCIÓN propuesto por la entidad financiera BANCO ACTIVO, C.A, BANCO UNIVERSAL, en su carácter de parte actora y la ciudadana LORNA YATCIE MEDINA VILLEGAS, parte demandada; plenamente identificados en autos, de conformidad con el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y publíquese la presente decisión.