DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 4 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho ANDREA SANTACRUZ, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 136.655, actuando en su carácter de defensor del ciudadano FEDERICO EDUARDO WICKELMANN, conforme a lo establecido en el artículo 439 numerales 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 19 de febrero de 2015, por el Juzgado Décimo Séptimo (17°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaro sin lugar la nulidad propuesta por la defensa como punto previo en su escrito de excepciones de fecha 09 de septie.....