Por todo lo anteriormente expuesto, esta SALA DOS ACCIDENTAL DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados SIMÓN CLEMENTE LAMUS ROSALES, JOSÉ BERNARDO GUERRA y RUBÉN DARÍO ARAUJO PORRAS, en su condición de defensores de los imputados CRUZ MARÍA PÉREZ GUERRA, EMILIA DE JESÚS RONDON CONTRERAS, MIGDALIA DE LA CRUZ LINARES CHIRINOS y ELIAMIR ALBERTO BASALO SUÁREZ, en contra los pronunciamientos dictados por el Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, contenidos en el acta de la audiencia oral para oír a los imputados de fecha 18-06-2011, y en contra del auto separado que sustenta la medida judicial privativa de libertad de la misma data en contra de su defendidos, quedan.....