PRIMERO: SE MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, que le fuera impuesta en fecha 01-06-2009 por el lapso de UN (01) AÑO y OCHO (08) MESES, al joven adulto NOMBRE Y DATOS FILIATORIOS OMITIDOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES; por cuanto se observa de las actas que conforman el expediente que no ha transcurrido el lapso establecido para que opere la cesación de la medida, faltándole por cumplir un lapso de TRES (03) MESES y CATORCE (14) DIAS, para que pueda cesar y en consecuencia sea impuesto de la medida de Reglas de Conducta referida en el articulo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en tal sentido es por lo que SE MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA al joven de autos. SEGUNDO: se acuerda cambiar el motivo de la audiencia por cuanto al momento de la realización de Audiencia de Cese de Medida establecida en esta misma fecha, surgieron nuevas circunst.....